sábado, 21 de diciembre de 2013

Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo (a veces nombrado con el término sueco Ombudsman, comisionado o representante), es una autoridad del Estado encargada de garantizar los derechos de los habitantes ante abusos que puedan hacer los poderes políticos, en su caso, legislativo de ese mismo Estado. Algunos autores defienden que el Justicia de Aragón es el precursor del Defensor del Pueblo.

Que procede que la Constitución Sueca que estableció dicha figura en 1809 para dar respuesta inmediata a los ciudadanos ante abusos de difícil solución por vía burocrática o judicial. De ahí que en diversos idiomas se haga referencia a su nombre en sueco Ombudsman. En los países hispanohablantes se denomina comúnmente Defensor del Pueblo, mientras que en los países francófonos suele llamarse Médiateur de la République y en las regiones catalanófonas Síndic de Greuges. Algunos países también lo han titulado Defensor de los Ciudadanos.

Del mismo modo, existen diferencias entre el ombudsman y el defensor del pueblo en España, ya que mientras el Ombudsman fue diseñado para supervisar la Administración pública, el Defensor del Pueblo utiliza esta supervisión como instrumento para defender los derechos y libertades fundamentales, tal y como se desprende del artículo. 54 de la Constitución española y de su ubicación dentro del Capítulo IV del Título I.

La legitimación democrática del Defensor del Pueblo es indudable, pues en todos los casos procede de la elección parlamentaria, con mayoría cualificada y tras debate público sobre la figura del candidato. Sin embargo, es independiente del Parlamento, el cual no puede enviarle instrucciones ni cesarle, salvo por causas tasadas. Se ha señalado en los derechos humanos que la efectividad de esta figura queda limitada por su incapacidad de imponer coactivamente sus decisiones a las autoridades concernidas. Su capacidad de control reside sobre todo en la razonabilidad o persuasión de sus argumentos, por lo que adquiere un carácter más político que judicial. Sin embargo, la experiencia demuestra que buena parte de sus recomendaciones suelen ser atendidas por los poderes públicos.
En algunos países, el Defensor del Pueblo tiene capacidad para presentar acciones o recursos ante la Corte Suprema o el Tribunal Constitucional, en su caso.

El Defensor del Pueblo se ha desarrollado especialmente en el continente americano, siguiendo el modelo español. Las instituciones del continente se agrupan en la Federación Iberoamericana de Ombudsman, organización muy activa en la defensa de los derechos humanos en la región, que publica anualmente un importante Informe sobre derechos humanos.

Defensor del Pueblo de Avellaneda

Evita decía "donde hay una necesidad hay un derecho". Esto significa que allí donde hay una carencia insatisfecha, existe un derecho incumplido. Por lo tanto, hay un sujeto obligado a satisfacerlo: el Estado. Y la Defensoría del Pueblo, como una institución que, aunque autónoma, forma parte de él, y tiene el deber de garantizar que esto efectivamente suceda, en el caso de que otras hayan abdicado o fallado, y siempre dentro de una práctica realista que incluya la política, la mediación, la gobernabilidad y las acciones estatales. Aspiro a que nuestras instituciones, además de constituirse en vigías del cumplimiento de derechos, puedan llegar a ser propositoras y transformadoras de la realidad social o, por lo menos, coadyuvantes a ese cambio necesario. Ése es nuestro desafío en la práctica y en la doctrina: hacer de las defensorias una herramienta para defender al pueblo y a sus instituciones.

Los vecinos de Avellaneda tienen a su servicio una institución cuya función consiste en granizar y promover el respeto de sus derechos humanos, individuales, colectivos y difusos – tutelados por la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, las Ordenanzas Municipales y las leyes – protegiéndolas de las arbitrariedades, las desviaciones del poder y los errores de las instituciones del Estado y sus funcionarios, así como de los abusos, negligencias o irregularidades cometidas por las empresas que prestan servicios públicos y las fuerzas que ejercen funciones de policía de seguridad, procurando a través de gestiones o recomendaciones dirigidas a las autoridades correspondientes, mejorar la calidad de vida de los vecinos.

Funciones

La Defensoría actúa ante hechos, actos u omisiones de la administración pública Municipal, Provincial o Nacional y de las empresas prestatarias de servicios públicos. Así como irregularidades, demoras innecesarias, discriminación, abuso de poder y defensa de los derechos humanos: salud, educación, medio ambiente etc.

¿Cómo presentar una queja?

Toda denuncia, petición, queja o reclamo se debe presentar en forma escrita y firmada por el interesado o en forma oral en cuyo caso se levantara un acta. En ambos casos se deberá concurrir muñido con documento de identidad. Toda persona o grupo pueden presentar sus reclamos mediante un sencillo procedimiento.

Recibida la denuncia, petición, queja o reclamo se entregara al reclamante un recibo con un número que individualizara el expediente a formar. Luego, tomara intervención el profesional del área que corresponda (legal y técnica, salud, obras publicas, gobierno, medio ambiente acción social) quien se encargara de realizar todas las acciones necesarias para concluir la etapa administrativa. Por ultimo, el expediente finalizara con una resolución suscripta por el defensor del pueblo.
El Defensor del Pueblo no recibe órdenes de ninguna autoridad y se desempeña con total y absoluta autonomía.

Actúa de oficio o a petición de parte.

No es un juez y, por lo tanto, no dicta sentencias ni impone sanciones pero sus advertencias y recomendaciones constituyen la voz de la opinión pública y tienen una influencia decisiva en la modificación de las normas y disposiciones vigentes.

Contacto
Av. Mitre 184
Av. Mitre 1311 - 1° Piso
Avellaneda
Provincia de Buenos Aires
B1870AAO

E-mail: vinagre@defensoravellaneda.gov.ar Este e-mail está protegido contra robots de spam, necesita habilitar el Javascript de su navegador para poder verlo.
Teléfono: 4201-9993 / 0800 DEFENSOR (33336767)

http://www.defensoravellaneda.gov.ar

jueves, 19 de diciembre de 2013

Concejal

Un concejal (de «concejo», y este del latín concilium, ‘asamblea’), edil (del latín aedīlis, magistrado romano) o regidor (del latín regere, ‘gobernar’ y -dor) es un miembro electo de la administración política de los municipios hispanohablantes. Éstos forman el órgano colegiado que ejerce de gobierno municipal, y que recibe distintos nombres según el país y periodo histórico (concejo municipal, ayuntamiento, corporación municipal, etc.).

 Mandato

 El concejal es elegido y ejerce su mandato por un período cuya duración suele ser de cuatro años. Las condiciones de la elección, el ejercicio, la continuidad en el cargo y la posibilidad de reelección al final de cada legislatura dependen de la legislación electoral y del régimen local de cada país.

Funciones

El concejal tiene como función la promoción del desarrollo del municipio dentro de diversas áreas (educación, cultura, sanidad, transportes, economía, hacienda, parques y jardines, obras públicas, urbanismo, etc.), para lo que suele especializarse como «concejales de área». También puede especializarse en un distrito u otra división espacial local. Además, desempeña la función de fiscalización del trabajo del alcalde de la ciudad o población. Otro cargo que suele existir es el de teniente de alcalde o vicealcalde. En algunos países, como es el caso de España, los concejales, al inicio de cada legislatura municipal, nombran de entre ellos a quien va a ocupar el cargo de alcalde, e incluso pueden deponerlo posteriormente y antes de que termine su mandato mediante una moción de censura.

Terminología

En la Edad Media y el Antiguo Régimen, tanto en España como en la América Española se utilizaba el nombre de «regidor» porque ejercían el regimiento de su municipio, siendo entre ellos designados dos alcaldes: uno por el estado llano y otro por el estado nobiliario. Actualmente, en España se suele emplear la palabra «regidor» como epíteto para designar al alcalde más que a los concejales.
Hasta 1973, en Chile se denominaba «regidor» al cargo hoy ejercido por el concejal. En Perú, República Dominicana y México la denominación de regidor sigue usándose en la actualidad para el cargo de concejal.

Concejo Deliberante

Se denomina Concejo Deliberante al poder legislativo de los municipios de la Argentina. Está integrado por un cuerpo de concejales, cuya función es la elaboración de las ordenanzas que rigen las actividades que se realizan en un municipio y que no son alcanzadas por la legislación provincial o nacional.

Cada constitución provincial establece sus alcances, número de integrantes, condiciones de elegibilidad, etc:
  • Buenos Aires: «La administración de los intereses y servicios locales en la Capital y cada uno de los partidos que formen la Provincia, estará a cargo de una municipalidad, compuesta de un departamento ejecutivo unipersonal y un departamento deliberativo, cuyos miembros, que no podrán ser menos de seis ni más de veinticuatro, durarán cuatro años en sus funciones, renovándose cada dos años por mitad y serán elegidos en el mismo acto que se elijan los senadores y diputados, en la forma que determine la ley.» Más adelante lo llama «Concejo Deliberante». Por su parte, la Ley Orgánica de las Municipalidades establece en su Artículo 24 que «La sanción de las ordenanzas y disposiciones del municipio corresponde con exclusividad al Concejo Deliberante» estableciendo luego sus competecias, atribuciones y deberes.

  • Córdoba: La Constitución de la Provincia de Córdoba habla de «Cuerpo Deliberante» y denomina a sus miembros "Concejales". Autoriza por otra parte a las ciudades a dictar sus "Cartas Orgánicas Municipales".

  • La Rioja: «El departamento deliberativo será desempeñado por un cuerpo que se denominará Concejo Deliberante, será presidido por el vice Intendente y estará compuesto por Concejales elegidos simultáneamente de acuerdo a la forma: Capital 16 Concejales; Chilecito 14 Concejales; Arauco, Chamical, Cnel. Felipe Varela y Rosario Vera Peñaloza 10 Concejales; Famatina, General Belgrano y General Ortiz de Campo 8 Concejales; Ángel Vicente Peñaloza, Castro Barros, Juan Facundo Quiroga, San Blas de los Sauces, Vinchina y General San Martín 6 Concejales; Independencia, General Lamadrid y Sanagasta 5 Concejales.»

  • Santa Fe: En 1872 la Ley Orgánica de Municipios estableció que las autoridades estarían integradas en dos concejos, el Concejo Deliberante (encargado de dictar ordenanzas) y el Concejo Ejecutor (encargado de cumplirlas). El 27 de abril de 1982 se cambió el nombre del legislativo por Concejo Municipal. Por Ley provincial 12065 del 2002 se estableció que por los primeros 200000 habitantes de una ciudad corresponderían elegir 10 concejales, a los que se agregarían uno por cada 60000 o fracción no menor a 30000. Los concejales se eligen por voto ciudadano con un mandato de 4 años.

miércoles, 18 de diciembre de 2013

Democracia directa

La democracia directa, llamada en algunas publicaciones democracia pura[1] , es una forma de democracia en la cual el poder es ejercido directamente por el pueblo en una asamblea. Dependiendo de las atribuciones de esta asamblea, la ciudadanía podría aprobar o derogar leyes, así como elegir o destituir a los funcionarios públicos. La democracia directa contrasta con la democracia representativa, pues en esta última, el poder lo ejerce un pequeño grupo de representantes, generalmente elegidos por el pueblo. La democracia deliberativa incorpora elementos de la democracia directa y la democracia representativa.
Muchos países que poseen democracias representativas, permiten formas limitadas de democracia directa, como son la iniciativa popular, el referéndum (plebiscito), y la revocatoria. La iniciativa popular permite a los ciudadanos presentar peticiones a los poderes del Estado para que un determinado asunto público sea tomado en consideración, como puede ser una reforma legislativa o incluso constitucional. El referéndum puede emplearse para aprobar o rechazar una determinada ley. La revocatoria da al pueblo el derecho de destituir de su cargo a los funcionarios electos antes de finalizar su mandato.

Historia

Los primeros registros que se conservan de democracia directa provienen de antigua democracia ateniense, comenzando en 507 A.C. Esta experiencia duró aproximadamente dos siglos, durante los cuales el poder recayó en una asamblea en la que estaban todos los ciudadanos varones que no eran esclavos ni extranjeros, los cargos públicos eran elegidos por sorteo, y un representante elegido por la asamblea se encargaba de liderar el ejército de la ciudad, llamado estratega.
Debido al tamaño reducido de la ciudad-estado de Atenas por aquel entonces (en torno a las 45.000 personas) y a las restrictivas condiciones para ser considerado ciudadano (sólo los varones lo eran) y, por tanto, para poder participar en la vida política de la ciudad, minimizaban las dificultades logísticas inherentes a esta forma de gobierno.
También hay que tener en cuenta la historia de la Antigua Roma, en la que los ciudadanos realizaban y aprobaban las leyes, que comenzó en torno a 449 A.C. y duró aproximadamente cuatro siglos, hasta la muerte de Julio César en 44 A.C, aunque muchos historiadores ponen el fin de la República romana en el año 43 A.C., con la aprobación de una ley llamada Lex Titia. Según algunos historiadores, el hecho de que los ciudadanos tuvieran el protagonismo de hacer las leyes fue un factor importante que contribuyó al auge de Roma y la civilización grecorromana.
Después de estos antecedentes lejanos en el tiempo, esta forma de gobierno ha sido muy poco utilizada. Ha habido algunos intentos efímeros desde entonces, pero no al nivel de trascendencia alcanzado en la antigua Atenas. Merecen mención la creación del Althing (Alþingi) o "Asamblea de Hombres Libres" en la Mancomunidad Islandesa del siglo X, los concejos [2] en los reinos de Asturias y León del siglo X, los Usatges de Cataluña en el siglo XI (que cristalizaron en el primer código jurídico-constitucional de la historia, bajo el reinado de Ramón Berenguer IV) y los "parlamentos" creados durante el reinado de Alfonso IX de León, las Cortes de León de 1188 [3] o Eduardo I de Inglaterra en el siglo XIII, donde se inicia el concepto de separación de poderes.[4] Estos dos últimos serían más antecedentes de la democracia representativa.

Las democracias directas en el mundo

Por su parte, las democracias modernas generalmente funcionan mediante representantes elegidos por los ciudadanos, lo que se conoce como democracia representativa.

Suiza

La era moderna de un acercamiento a la democracia directa a nivel federal y local comenzó en las ciudades de Suiza en el siglo XIX. En 1847, los suizos añadieron el referéndum estatutario a su constitución. Pronto pensaron que tener solamente el poder de vetar las leyes que producía el Parlamento no era suficiente, y así en 1891, añadieron la iniciativa de enmienda constitucional. Las batallas políticas suizas desde entonces han ofrecido al mundo una experiencia importante en la puesta en práctica de este tipo de iniciativas. En los últimos 120 años más de 240 iniciativas han sido votadas en referéndum. Además, algunas veces se ha optado por iniciativas que son reescritas por el gobierno. Suiza se ha convertido así en referente y ejemplo para muchos países en los que desde las instituciones o desde movimientos ciudadanos se promueve la introducción de mecanismos de democracia directa.[5]
Sin embargo en un sentido muy estricto la democracia directa, tal como fue establecida las antiguas polis griegas, es aplicado tan sólo en 2 cantones suizos: Appenzell Rodas Interiores y Glaris. Se llama Landgemeinde, porque el pueblo se reúne en la plaza pública de la ciudad o en una pradera una vez al año, donde aprueban las leyes, el presupuesto y también las reformas constitucionales.

Estados Unidos

Otro ejemplo importante son los Estados Unidos, donde a pesar de no existir democracia directa a nivel federal, más de la mitad de los estados (y muchos municipios) permiten que los ciudadanos promuevan la votación de iniciativas, y la gran mayoría de los estados cuentan con mecanismos para promover iniciativas o referendos. Existen también reuniones comunitarias (town meetings) y diversas instituciones a nivel municipal donde los ciudadanos pueden interactuar con los responsables de la administración en la toma de decisiones.

Libia

En Libia, desde 1977 hasta 2011 se estableció como la forma oficial de gobierno la Yamahiriya, una república gobernada en teoría por una forma de democracia directa basada en "congresos populares de base" que mediante un proceso nacional conforman el poder legislativo y ejecutivo. Pero Muamar el Gadafi [6] también asumía parte del poder.

Democracia directa electrónica o Democracia directa digital

La democracia directa electrónica es una forma de democracia directa en la cual Internet y otras tecnologías de comunicación electrónica se usan para mejorar la burocracia involucrada con los referendos, registrando electrónicamente los votos. Muchos partidarios piensan que también se pueden incluir en esta noción las mejoras tecnológicas al proceso deliberativo, o incluso a la gestión de gobierno para acercarla a los ciudadanos. A la democracia directa electrónica se le llama a veces EDD (muchos otros nombres se usan para lo que es esencialmente el mismo concepto).
Según el concepto de aplicación moderada de la tecnología a la democracia directa, los ciudadanos tendrían el derecho de votar en asuntos legislativos ante el parlamento o el congreso, escribir nuevos proyectos legislativos y revocar representantes en cualquier etapa.
Un ejemplo contemporáneo que toma un acercamiento evolucionario a la Democracia Directa Electrónica es aquel en el que los representantes conducen referendos independientemente usando Internet u otras tecnologías de la comunicación. Este paso potencial hacia la democracia directa electrónica no requiere cambios constitucionales ya que simplemente refuerza la relación entre el elector y el elegido. El extremo sería aquel en el cual los representantes electos del pueblo en un parlamento o en un gobierno se limitasen a trasmitir a los ciudadanos aquellos proyectos que se proponen a su decisión, y hacer efectivos después los resultados de esos referendos electrónicos.
Ross Perot fue por un tiempo un prominente defensor de la Democracia Directa Electrónica cuando propuso Ayuntamientos Electrónicos durante sus campañas presidenciales de 1992 y 1996 en los Estados Unidos. Este concepto ha sido recuperado por otros movimientos en diversos lugares del mundo en la actualidad gracias a las posibilidades de Internet.

Aplicación actual

La democracia directa electrónica como sistema no ha sido implementada totalmente en ningún lugar del mundo aunque Suiza, ya gobernada parcialmente por democracia directa, se mueve en dirección a dicho sistema.[7] [8]
  • Actualmente existe en España el partido político Democracia Directa Digital, fundado en 2006, a favor de la democracia directa digital[9] de España.
  • A nivel autonómico, existen numerosos Partidos Piratas que también abogan por este sistema de representación.
Posible variante de la democracia directa

Finalmente, cabe señalar que existe una corriente crecientemente relevante en el mundo anglosajón que propugna como posible variante de la democracia directa la implementación de combinaciones de las instituciones actuales con aplicaciones democráticas del sorteo (ver: demarquía). Entre los autores más relevantes de esta corriente puede citarse a John Burnheim, Ernest Callenbach, A. Barnett y Peter Carty, Bárbara Goodwin o, en el ámbito francés, Yves Sintomer. Los autores consagrados que han dedicado más espacio a este tipo de propuestas son Robert A. Dahl y Benjamin Barber. En el mundo hispanohablante la recepción aún es muy reducida, si bien autores como Juan Ramón Capella han plantado la posibilidad de acudir al sorteo como herramienta democratizadora.


Críticas

Entre las objeciones más importantes que se suelen imputar a la democracia directa se refiere a su practicidad y eficiencia. Decidir sobre todos o casi todos los temas de importancia pública mediante referéndum puede ser lento y costoso, y puede provocar en los ciudadanos apatía y fatiga. Los defensores actuales de la democracia directa suelen sugerir que la democracia electrónica (con herramientas como los wikis, los foros o la televisión digital) puede paliar esos problemas. El modelo suizo demuestra sin embargo que a pesar de ser posible decidir sobre todos los temas, en realidad solo pocos temas llegan a votación popular, ya que el mero hecho de que se podría convocar un referéndum obliga a los políticos a buscar compromisos en el tramite parlamentario para evitar un referéndum. De este modo la democracia directa genera resultados consensuados sin la necesidad de que todo sea votado en urnas. El no solicitar un referéndum equivale a una aprobación implícita de las decisiones tomadas por el parlamento.
También, dado que las preguntas deben ser cortas, con una respuesta de sí o no, los votantes podrían elegir políticas incoherentes. Por ejemplo, una mayoría podría votar a favor de reducir los impuestos mientras una mayoría podría también votar por un incremento del gasto público en educación. La respuesta común a esta crítica es que el problema de las decisiones inconsistentes no es exclusivo de esta forma de democracia.
Algunos estudiosos utilizan el término democracia semidirecta para describir sistemas de democracia directa que cuentan con mecanismos para proteger las libertades civiles así como para proteger de la mayoría a los intereses de las minorías (ver: derechos fundamentales, igualdad ante la ley, imperio de la ley). La puesta en práctica de la democracia directa suele traducirse en un proceso de confrontación, en el que la ciudadanía discute y elige dos opciones definidas por expertos. Este proceso se caracteriza por una falta de deliberación orientada hacia el consenso, y el peligro latente de derivar en una dictadura de la mayoría.
El modelo canadiense de asamblea de ciudadanos procura sortear muchas de las desventajas de la democracia directa a través de un proceso basado en la deliberación y el consenso, bastante diferente del caracterizado por las iniciativas y los referendos.
 

Fuente:Wikipedia
 
 

 

¿Qué es banca 25 Avellaneda?


  Banca 25 Avellaneda, es un espacio político para los vecinos, desde los distintos lugares en los que tiene presencia banca 25, trataremos diferentes temas políticos y estaremos informando sobre las novedades más relevantes que se produzcan en el HCD de Avellaneda.

No puede existir una buena representación política y tratamiento de los temas que más preocupan a los vecinos si los propios vecinos no se interesan por saber y participar de las decisiones que se toman en el Concejo Deliberante.

A pesar de que desde hace años existe la posibilidad de que un vecino a vecinos hagan uso de la Banca 25, la misma no es aprovechada por falta de conocimiento y de unión de los vecinos, por eso invitamos a todos los que quieran participar a unirse a nuestros sitios en Facebook y Twitter, además de escribirnos a este blog.

La “Banca 25” faculta a los ciudadanos y Organizaciones No Gubernamentales a utilizar este canal institucional para su expresión, acercándolo a la decisión en el sistema político y de gestión.

El proceso de participación exige de una ciudadanía oportunamente informada y motivada para intervenir. Esta puede ser entendida en sentido individual o grupal en el quehacer social, político y de gestión.

De este modo los actores sociales potencian el protagonismo que en realidad poseen en los procesos de transformación y consolidación de la democracia.